Azogues

Dan a conocer ordenanza que regula espacios para campaña electoral

El GAD Municipal de Azogues, a través del Departamento de Justicia, Policía y Vigilancia, a propósito del arranque de la campaña política que servirá para la designación a las autoridades seccionales, la cual se llevará a cabo del 5 de febrero al 21 de marzo de 2019, da a conocer las disposiciones de la “Ordenanza Sustitutiva que regula, controla y sanciona la utilización de espacios para la propaganda electoral en el cantón Azogues”.

El Director de la instancia municipal Vicente Rodríguez, señala que, con fecha 12 de diciembre de 2018, se cumplió con la notificación de la Ordenanza a todos los movimientos y partidos políticos, depositándoles el documento en sus casilleros del Consejo Nacional Electoral. Y para aquellas organizaciones políticas que, todavía no se han registrado, se les entregará en las oficinas de la entidad municipal, ubicadas en el recinto ferial “Polibio Romero Sacoto”.

El Comisario Municipal Andrés Heras, indica que, de acuerdo a la ordenanza, no pueden pintar murales sobre fachadas, muros o cerramientos, tanto públicos como privados en todo el Cantón; igualmente no se puede colocar gigantografías o vallas desmontables en espacios públicos como postes de alumbrado, postería ornamental u otro elemento del mobiliario público; en cuanto a propaganda electoral removible, se autoriza su colocación en inmuebles de propiedad privada utilizando dimensiones máximas de 1 por 2 metros, sean en banner, telas, aglomerados de madera o afiches, permitiéndose hasta tres propagandas por domicilio para evitar la contaminación visual del ornato; asimismo, está prohibido el uso de altoparlantes fijos y móviles para la realización de propaganda electoral en el centro urbano y en los centros urbanos de las parroquias.

Agrega que el partido político, movimiento o alianza que no cumpla con esta Ordenanza pagará una multa equivalente a cinco dólares americanos, por cada cartel, anuncio o elemento de propaganda colocado. En caso de murales pintados directamente sobre fachadas, muros o cerramientos, la multa igual será de cinco dólares, pero se cobrará por metro cuadrado o fracción del metro cuadrado del mural, más el costo de su retiro y reposición. Por incumplimiento en la utilización de altoparlantes fijos y móviles, se establece una multa de 10 salarios básicos unificados.

Precisa que concluido el periodo electoral, las organizaciones políticas deberán retirar la propaganda electoral y realizar obras de reparación que correspondan, en un plazo de quince días. “Transcurrido el plazo, de no existir cumplimiento a la ordenanza, se procederá al juzgamiento correspondiente y de ser el caso emitir los respectivos títulos de crédito respectivos. La Municipalidad ejercerá la acción coactiva para ejecutar los créditos”. Luego de ello, personal del departamento de Justicia, Policía y Vigilancia, de oficio, retirará la propaganda y cumplirá labores de pintado de fachadas y cerramientos, multas que serán cobradas a los representantes legales.

Finalmente. hace un “llamado a los actores y partidos políticos para que se respete la Ordenanza Municipal, evitando la colocación de propaganda electoral en espacios, bienes de dominio y uso público, de manera especial, en los centros de educación, parques y plazas, cumpliendo así con una campaña digna y colaborando con el ornato de la ciudad”, concluye.  (I)

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