Cañar

GADICC firma convenio con Municipio de Quito

El alcalde de Cañar Belisario Chimborazo firmó en la ciudad de Quito, un convenio de cooperación con el Distrito Metropolitano de Quito en el Centro Cultural de Patrimonio. La finalidad es compartir experiencias en procedimientos técnicos, administrativos en la conservación del patrimonio cultural material e inmaterial.
De acuerdo con el convenio se articulará acciones de fortalecimiento institucional en materia de capacitación en conservación y revitalización de áreas históricas, así como estructurar un asesoramiento técnico compartido en proyectos específicos a ser ejecutados en bienes patrimoniales.
Las actividades planteadas son: transferir conocimientos en materia de conservación del patrimonio cultural, asesorar en temas de conservación y rehabilitación del patrimonio cultural material, asesorar en temas de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, desarrollar talleres en materia de gestión para la preservación del patrimonio cultural en un máximo de 4 talleres por año, participar en mesas de trabajo para la coordinación de acciones sobre las intervenciones en el patrimonio cultural y publicar las memorias sobre los resultados de las actividades interinstitucionales desarrolladas en el marco del Convenio.
Mediante Decreto Supremo No. 561, publicado en el Registro Oficial No. 581 de 25 de junio de 1974, el Estado Ecuatoriano aprobó y ratificó la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural adoptada en la ciudad de París el 16 de noviembre de 1972. Confirmando que el patrimonio cultural y el patrimonio natural están cada vez más amenazados de destrucción, no sólo por las causas tradicionales de deterioro sino también por la evolución de la vida social y económica que las agrava con fenómenos de alteración o de destrucción.
Según la Constitución del Ecuador ampara la protección del patrimonio y las competencias de las mismas, como establece en su artículo 264: “Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: (…) 8. Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines.” (I)
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