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Jefatura Política de Azogues cumplió 170 años

Azogues_AntiguoTras el derrocamiento del general Juan José Flores, conforme a lo que contemplaba la nueva Ley de Régimen Político y Económico, expedida por la Convención Nacional, de 1845, que se reunió en  Cuenca, un nuevo orden administrativo se estrenó en el país: se terminaban los corregimientos en las villas y cantones y se creaban las jefaturas políticas, cuyos titulares pasaron a convertirse en las primeras autoridades comarcanas.

Por este hecho, desde Cuenca, se dispuso (07-02-1846) que los archivos correspondientes a la anterior oficina del corregimiento en Azogues, debía ponerse en orden, elaborando las respectivas  actas de entrega-recepción, antes de que el nuevo titular, se hiciese cargo de la  dependencia recién creada.
De esta exigencia, el cesante corregidor Juan Francisco Carrasco, comunicó (13-02-1846) al gobernador del Azuay,  José de la Vega y Chica, que  Casimiro Martínez le había entregado el archivo cuando Martínez  estuvo de corregidor interino, pero que de la cercha con legajos de expedientes de los anteriores corregidores como Bartolomé Serrano y Polo, por ejemplo, no podía hacerse responsable porque no se hubo “entregado con escritura”, como  sí lo hizo Carrasco, cuando anteriormente renunció al  corregimiento.
En todo caso,  la tercera semana de marzo, es decir, el 20 de marzo de 1846 tuvo lugar el cambio de mando: se despidió a Juan Francisco Carrasco como corregidor y se dio la bienvenida al primer jefe político del cantón, que resultaba ser alguien muy conocido en el medio,  el coronel Casimiro Martínez, -amigo personal de Sucre-, quien recién posesionado, solicitó que la gobernación proporcione a la villa, un cabo y dos gendarmes, tomados aunque sea de las “listas de veteranos”, con tal  que vinieran con su respectiva pensión; en razón de no existir fondos municipales para dichos empleados.
El jefe político hizo ver que no sería conveniente escoger para estas colocaciones “a gente de la Villa porque -como dijo-, están relacionados con  todos y no podrán ser obedecidos; y, en el  caso de los que sirven en la cárcel, no tienen armas”; advirtiendo la carencia de  seguridades en la cárcel y en la casa donde iba a funcionar  la Jefatura Política, por tratarse del lugar donde  se custodiaba el dinero proveniente de los tributos. (I)

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